Categorías de fondos

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Existen varias maneras de categorizar un fondo o cartera de donativos. Para cada una de las categorías se establecen criterios de elegibilidad, según los deseos del donante.

Cuando se establece un fondo o se decide utilizar los servicios de la FCPR para el manejo de una cartera de donativos, el donante puede participar activamente en el diseño de estos mecanismos. El donante tiene la oportunidad de decidir el área de enfoque que beneficiará, como por ejemplo: ambiente, mujer, niñez, vejez, o la causa más cercana a éste. Además, dependiendo de la categoría, el donante puede optar por aconsejar o  designar las organizaciones sin fines de lucro que desea apoyar.

  • Aconsejados – el donante busca tener una participación en la identificación de organizaciones recipientes de su donativo y puede sugerir, de tiempo en tiempo, las organizaciones que desea beneficiar.
  • Designados – esta opción es para donantes identificados con una o más organizaciones sin fines de lucro, que desean designarlas como beneficiarías directas del fondo y lo establecen en el acuerdo.

  • Becas - este es el único fondo que le permite al donante apoyar a individuos a través de la FCPR. La ley establece la posibilidad de otorgar estos tres tipos de beca:
  1. Becas de estudio: Se establecen para apoyar de manera suplementaria a estudiantes participando de una institución de educación en Puerto Rico; y fuera de Puerto Rico, si tiene residencia permanente en Puerto Rico.
  2. Premios o reconocimientos: Se destinan para reconocer la labor meritoria de una persona en ámbitos como el deporte, las artes, la excelencia académica, entre otras.
  3. Becas para lograr un objetivo específico: Tienen el propósito de permitir al beneficiario producir un informe o producto similar, adelantar un objetivo específico o adelantar la misión de la FCPR. Pueden enfocarse en mejorar y/o realzar la capacidad, habilidad o talento en el área literaria, artística, musical, científica o educacional, entre otras.
  • Fondo irrestricto – de esta forma el donante no impone restricciones o condiciones y opta por dar su contribución de forma irrestricta, permitiéndole a la FCPR determinar anualmente dónde otorgar las distribuciones, basado en las necesidades de la comunidad.
  • Fondo de programas o proyecto comunitario – este fondo habilita a la FCPR para servir como patrocinador y agente fiscal de proyectos comunitarios diseñados para mejorar la calidad de vida de Puerto Rico. Este fondo no permanente es creado para custodiar contribuciones recaudadas para un propósito o entidad específica y cuando se desembolsa la totalidad de los fondos o se haya cumplido con el propósito caritativo, el programa o proyecto cesa de existir.

 

Servicios Filantrópicos

- Administración de cartera de donativos

- Administración y custodia de fondos

  • Redacción de criterios de selección
  • Orientación a organizaciones sin fines de lucro  interesados en solicitar donativos, o a personas interesados en beneficiarse con becas, premios o reconocimientos
  • Envío de solicitudes a organizaciones sin fines de lucro, o a personas interesados en beneficiarse de becas, premios o reconocimientos
  • Recibo y evaluación preliminar de solicitudes y sus propuestas
  • Convocatoria y presentación de solicitudes y propuestas al Comité de Selección para un proceso objetivo y transparente
  • Procesamiento de cheques y contratos para las organizaciones recipientes de donativos, o personas recipientes de becas, premios o reconocimientos
  • Envío de cartas a no seleccionados
  • Seguimiento e informe de impacto


Otros productos

Círculo filantrópico

Se establece cuando un grupo de personas con intereses en común se unen para apoyar una causa o proyecto de interés. Mediante la suma de aportaciones individuales, el Círculo se convierte en una herramienta de alto impacto social.

Agente filantrópico

El  programa de Agente Filantrópico es un programa de la Fundación Comunitaria de Puerto Rico (FCPR) que permite a organizaciones sin fines de lucro que no tienen la certificación 501 (c) (3) del Código de Rentas Internas del  gobierno federal, cobijarse bajo la certificación de la FCPR, para acceder fondos en Estados Unidos, o de empresas locales cuya oficina matriz se encuentre en Estados Unidos.

Nuestro programa le certifica a su donante que su organización tiene un propósito caritativo legítimo, que tiene una estructura para lograrlo y que tiene una responsabilidad pública.

Legados testamentarios
Este tipo de donación le provee al donante una deducción en su planilla de contribución sobre ingresos, equivalente al valor en el mercado de dicha propiedad al momento de la donación, sujeta a las limitaciones de ley. Es importante recordar que bajo el Código Civil vigente en Puerto Rico, ningún donante podrá dar ni recibir por vía de donación más de lo que pueda dar o recibir por testamento. El donante puede disponer de la porción de libre disposición para establecer un Fondo, que se activa al entrar en vigor el testamento.

El testamento y la situación familiar

Situación familiar

Sin testamento

Con testamento

Si la persona tiene descendientes directos

Todo se divide en partes iguales entre descendientes

1/3 Forzosa
1/3 Mejora
1/3 Libre Disposición

Si la persona no tiene descendientes, pero sí ascendientes (padres)

Todo se divide en partes iguales entre ascendentes

1/2  Forzosa
1/2 Libre Disposición

Si la persona no tiene descendientes, ni ascendentes

Todo se divide en partes iguales entre colaterales (otros familiares - tíos, primos, etc.)

100% Libre Disposición

Si la persona no tiene descendientes, ascendientes, ni colaterales

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico dispone de la herencia

 

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OK

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